¿Llevas meses esperando que programen tu cirugía? La EPS tiene plazos máximos por ley. Si los exceden y tu salud se deteriora, puedes exigir aceleración vía tutela.
Plazos legales para cirugías
- Urgencia vital: máximo 24 horas
- Prioritaria: 10 días hábiles
- Programada electiva: 30 días desde autorización
- Oncológica: 15 días hábiles (Ley 1384 de 2010)
Causas ilegales de demora
Falta de disponibilidad de sala
Es problema administrativo de la EPS, no tuyo. Deben buscar alternativas en su red o en IPS externa contratada.
Autorización pendiente
Si ya pasaron más de 15 días desde que radicaste documentos, la autorización se entiende concedida por silencio positivo.
Qué hacer ante demoras injustificadas
1. Solicita por escrito fecha exacta de cirugía
Radica derecho de petición. Exige: fecha confirmada, IPS donde se hará y nombre del cirujano asignado.
2. Adjunta concepto médico actualizado
Si tu condición empeora mientras esperas, documéntalo. Eso demuestra urgencia para el juez.
3. Tutela cuando hay urgencia o deterioro
Si tu condición empeora, la demora viola tu derecho a la salud. El juez puede ordenar programación en 3 a 5 días. En Radica Ya generamos tu tutela con los argumentos correctos.
4. Denuncia ante Supersalud simultáneamente
La Superintendencia puede imponer medidas preventivas urgentes mientras se resuelve la tutela.
Caso real: Paciente oncológico con cirugía demorada 4 meses. Tutela ordenó programación en 48 horas bajo apercibimiento de multa a la EPS.